Esta línea tiene por objeto regular la concesión de ayudas económicas a profesionales y empresas del sector audiovisual y del cine, para actividades cinematográficas, audiovisuales, y creación de largometrajes y cortometrajes. Los solicitantes serán productoras independientes, conforme a la definición del apartado n del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
Se subvencionarán proyectos de producción cinematográfica, desarrollo de proyectos audiovisuales y la asistencia a ferias y festivales.Si el interesado ha presentado la solicitud por medios telemáticos, debe anexar en formato digital la documentación específica que se exija, a excepción de aquella que ya esté en poder de la Administración del Principado de Asturias o del resto de Administraciones Públicas con las que se tenga suscrito convenio de intercambio de información.
La presentación de la solicitud por parte del beneficiario conllevará, salvo manifestación en contrario, la autorización al órgano gestor para recabar la correspondiente información a fin de verificar los anteriores requisitos. Si el interesado no prestara su consentimiento, deberá aportar los documentos acreditativos del cumplimiento de los citados requisitos, y su no aportación será causa para requerirle los mismos de acuerdo con lo previsto en el artículo 68 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La cuantía global de la línea de subvención será de 500.000 €.
Las subvenciones tendrán consideración de ayudas para la realización de los proyectos seleccionados con independencia del coste de los mismos. La cuantía máxima de las ayudas por proyecto, que en ningún caso podrá exceder del crédito autorizado, será de QUINCE MIL EUROS (15.000 €), excepto en el caso de las acciones de tipo A (producción cinematográfica) de la línea 4 del sector del cine y audiovisual cuya cuantía máxima podrá alcanzar los SESENTA MIL EUROS (60.000 €).
Hasta el 03/06/2026, 23:59h
Pueden solicitar estas ayudas quienes cumplan los siguientes requisitos:
Se excluyen de estas ayudas:
No podrán optar a estas ayudas:
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